Resumen del Artículo Disposición adicional decimosexta

Artículo Disposición adicional decimosexta del Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (LOVG) — Disposición adicional decimosexta. Coordinación de los Servicios Públicos de Empleo. En el desarrollo de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, se tendrá en cuenta la necesaria coordinación de los Servicios Públicos de Empleo, para facilitar el acceso al mercado de…

LOVGVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional decimosextaDisposición adicional decimosexta

Disposición adicional decimosexta. Coordinación de los Servicios Públicos de Empleo.

En el desarrollo de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, se tendrá en cuenta la necesaria coordinación de los Servicios Públicos de Empleo, para facilitar el acceso al mercado de trabajo de las víctimas de violencia de género cuando, debido al ejercicio del derecho de movilidad geográfica, se vean obligadas a trasladar su domicilio y el mismo implique cambio de Comunidad Autónoma.

Norma publicada: 28 de diciembre de 2004

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional decimosexta

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional decimosexta del LOVG?

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¿El Artículo Disposición adicional decimosexta del LOVG está vigente?

El artículo Disposición adicional decimosexta del LOVG está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional decimosexta dentro del LOVG?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO V.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional decimosexta?

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